Florida's Protection and Advocacy Programs for Persons with Disabilities

El
Centro
de Defensa

Americanos con Acta de Incapacitados (ADA) Título 1

Título 1 protege a personas calificadas como incapacitadas de la discriminación en empleos.

¿A quien protege la ADA?

El acta ADA protege a las "personas con incapacidad" de la discriminación. Una persona con incapacidad es la que pertenece a una de las tres siguientes categorías por que tiene:

1. Un impedimento físico o mental que limita una o más le las mayores actividades de la vida. Un "impedimento substancial" es de largo plazo y tiene serios impactos en la habilidad de funcionar bien en la vida de la persona. "Actividades mayores de la vida" incluyen caminar, oír, ver, trabajar, mantenerse, aprender y hablar. Por ejemplo: la persona que usa silla de ruedas o que es ciega.

2. O que tenga antecedentes de tales impedimentos. La persona que se ha recuperado de una enfermedad, tal como cáncer, que limita substancialmente una o mas de las actividades primordiales.

3. Un individuo que se considera con uno de estos impedimentos. Entre los ejemplos se incluyen: personas que usan medicinas para la epilepsia, o que han sido diagnosticadas con HIV positivo.

¿Quién queda excluido de esta Protección?

Algunos Individuos con ciertas condiciones o características no están protegidos bajo el ADA, que incluyen a:

1. Las que actualmente usen drogas ilegales. Sin embargo, hay excepciones: Si han completado un programa de rehabilitación supervisado , o han sido rehabilitadas y ya no usan drogas ilegales; o si por error han sido asumidos como usuarios de drogas ilegales.

2. Los homosexuales y bisexuales no son considerados como incapacitados basado en su orientación sexual.

3. Otras"condiciones" expresamente excluidas son: travestidos, transexuales, pedófilos, exhibicionistas, acosadores (voyeurismo), desordenes de identidad genital, jugadores compulsivos, cleptómanos, pirómanos y desórdenes síquicos que resulten del uso actual de drogas ilegales.

Título 1, Discriminación en el Empleo

El Título 1 de ADA incluye los siguientes reglamentos que los empleadores deben seguir.

*¿Quien está incluido?
Negocios particulares con 25 o mas empleados de antes del 26 de Julio de 1994, y 15 o mas después de esta fecha.

*¿Quien está protegido?
Una persona calificada como incapacitada, pero que tiene la experiencia y los requerimientos relacionados al trabajo y que puede desempeñar las funciones esenciales con o sin las acomodaciones especiales razonables que podrían causar inconveniencias innecesarias o que sean difíciles o costosas de proporcionar.

Antes de Contratar

1. El empleador puede preguntarle al aplicante acerca de su habilidad de realizar ciertas funciones respecto al trabajo.

2. No pueden hacerse preguntas relacionadas a la incapacidad o su severidad.

3. El empleador puede preguntarle a TODOS los aplicantes que demuestren como se desempeñarán en el trabajo con o sin acomodaciones razonables. Pero al aplicante con alguna incapacidad conocida, se le puede pedir que demuestre como hará el trabajo aunque a los otros no se les exija esto.

Ofertas Condicionales de Trabajo

Acomodaciones razonables son los cambios que se hacen en el lugar de trabajo para permitir que la persona se desarrolle bien en su labor. El empleador no está obligado a proporcionar acomodaciones razonables si estas resultan ser costosas. Una situación así sería el gasto por varios factores:

1. La naturaleza de la acomodación y su costo neto.

2. Los recursos disponibles del empleador para financiarlos, incluyendo el tamaño del negocio, el número de empleados y la estructuración corporativa.

3. El tipo de la operación del negocio, incluyendo su estructuración, las funciones del personal y administración y relación de la corporación y anexos o subsidiarias fiscales.

Ejemplos de Acomodaciones Razonables

1. Accesos útiles a las facilidades para los incapacitados.

2. Reestructuración del trabajo o relocalización, redistribuyendo funciones no esenciales.

3. Itinerarios de tiempo parcial o modificados.

4. Obteniendo o modificando equipos.

5. Modificando los materiales de pruebas o sus prácticas.

6. Proporcionando lectores o intérpretes calificados.

7. Reasignándo posiciones vacantes.

8. Permitiendo usar tiempo ausente pagado acumulado o de tratamiento sin pago.

9. Estacionamiento reservado.

10. Permitir al empleado traer equipos que el empleador no está obligado a proporcionar.

Solicitar por escrito las acomodaciones razonables, cada vez que sea posible. La documentación de la incapacidad de la persona puede solicitarse, pero debe mantenerse confidencial.

Fuentes de Información

Discriminación de Empleo U.S.

U.S. Equal Employment Opportunity Commission (EEOC)
ADA Legal Services
1801 L Street N.W.
Washington, D.C. 20507
1-800-669-EEOC
1-800-800-3302 (TDD)

Florida Commission on Human Relation
s 325 John Knox Road
Suite 240, Bldg. F
Tallahassee, Florida 32303-4149
(850) 488-7082
1-800-342-8170

The Client Assistance Program
Advocacy Center for Persons with Disabilities, Inc.
2671 Executive Center Circle, West, Suite 100
Tallahassee, Florida 32301-5024
1-800-342-0823 (Voice)
1-800-346-4127 (TDD)

 


Este documento está disponible en formatos accesibles alternos.
Para más información por favor llame a Margie Menzel en 1-800-342-0823 ext. 323

Si su idioma primario es español, la ayuda está disponible en 1-800-350-4566.

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